Aviso urgente con respecto al Alivio Financiero para Iglesias y Empleados de la Iglesia

AVISO URGENTE CON RESPECTO AL ALIVIO FINANCIERO PARA IGLESIAS Y EMPLEADOS DE LA IGLESIA

Importante apoyo financiero patrocinado por el gobierno será ofrecido para proteger el bienestar financiero de su iglesia y sus empleados a partir del 3 de Abril. Sin embargo, debido a la probabilidad de la gran cantidad de solicitudes de este tipo ya anticipada, es importante que su iglesia complete la solicitud lo antes posible para poder obtener los beneficios de el programa.

Específicamente, el Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP), que proporciona a las pequeñas empresas, fondos para pagar hasta ocho semanas de costos de nómina, incluyendo beneficios. Los fondos también pueden ser utilizados para pagar intereses sobre hipotecas, alquileres y servicios públicos. Los detalles del programa y cómo aplicar se incluyen en este enlace. Este programa prevé la condonación de la concesión de los préstamos cuando se utilizan para los costos de nómina, intereses sobre hipotecas, alquileres y servicios públicos. Comuníquese con su banco calificado, prestamistas existentes de la SBA, cooperativas de crédito y otros prestamistas para obtener instrucciones de presentación de solicitudes.

El Programa de Protección de Cheques de Pago (PPP) es una parte de la Ley CARES que otorga préstamos de 2.5 veces la nómina mensual promedio de una pequeña empresa o una organización sin fines de lucro. Estos préstamos pueden ser perdonados si el número de empleados no disminuye. La Sección 1102 describe a las entidades elegibles como organizaciones 501c3 exentas de impuestos.

Importante tener en cuenta: las congregaciones, en este caso, están bajo la exención general 501c3 de la Iglesia Evangélica Luterana en América. Para probar su estado exento de impuestos, las congregaciones tendrían que obtener la carta exenta de impuestos estándar de la oficina del Secretario (Consejo). Esto debe hacerse lo antes posible.

Para iniciar el proceso de exención de decisión grupal para su congregación u otra entidad u organización ELCA, envíe un correo electrónico a [email protected]. Ingrese en la línea de asunto "501 (c) (3) Estado de exención", especifique anotando en el cuerpo del correo electrónico el nombre legal de la congregación, la dirección de la congregación y el número de identificación fiscal, y envíelo. Se prefiere un correo electrónico de la iglesia para que la ELCA envíe los certificados digitales. Adicionalmente, puedes consultar en la sección "GUIA PARA LAS APROBACIONES CORPORATIVAS".

Para aplicar necesitarás:

  1.  TIN / EIN para la iglesia.
  2.  Registros de pago para calcular la nómina mensual promedio. Para   calcular la "Nómina mensual promedio", la mayoría de los Solicitantes utilizará la nómina mensual promedio de 2019, excluyendo los costos superiores a $ 100,000 por año para cada empleado. Para las empresas que operan por temporada, el solicitante puede elegir utilizar la nómina mensual promedio para el período comprendido entre el 15 de febrero de 2019 y el 30 de junio de 2019, excluyendo los costos superiores a $ 100,000 en forma anual para cada empleado. Para las nuevas empresas, la nómina mensual promedio se puede calcular utilizando el período de tiempo desde el 1 de enero de 2020 hasta el 29 de febrero de 2020, excluyendo los costos superiores a $ 100,000 en forma anual para cada empleado.
  3. El formulario completado debe enviarse a su prestamista participante de la SBA (ver # 4, a continuación). Debe consultar con su prestamista/ banco local y asegurar que está participando.
  4.  Visite www.sba.gov para obtener una lista de prestamistas de la SBA, haga clic AQUÍ para buscar ayuda local ingresando su código postal.
  5. Aplicar lo antes posible.

Haga clic AQUÍ para el enlace de la aplicación.
 
Haga clic AQUÍ para ver la Hoja de Datos de PPP de los prestatarios.
 
Haga clic AQUÍ para visitar el documento del Resumen del PPP del Departamento de Tesorería.
 
Haga clic AQUÍ para visitar la Guía para Prestamos en casos de Emergencia y Lista de Verificación de la Cámara de Comercio de EE. UU.
 
Haga clic AQUÍ para leer el artículo "Alivio económico para organizaciones sin fines de lucro a través del programa de protección de cheques de pago" escrito por Jodi Warren, abogada asociada de Capell Barnett Matalon & Schoenfeld LLP.
 
 
** Pastores, tengan en cuenta que pueden ser elegible para obtener beneficios de auto-empleados.

 

INFORMACIÓN ADICIONAL PARA LLENAR LA SOLICITUD
 

  1. El espacio en la solicitud donde se requiere especificar propiedad del 20% o más de la entidad no se aplica y debe dejarse en blanco; Recuerde, el "solicitante" es la congregación, la corporación religiosa
  2. NO digas que el Sínodo o la ELCA son propietarios de la congregación: 
    • Si son agrupados incorrectamente, podría añadir a la congregación más de 500 empleados y, por lo tanto, no son elegibles para el préstamo.
  3. ¿Comparte usted una administración o propiedad común (pregunta 3 sobre la solicitud)? NO.
  4. ¿Es necesario llevar a cabo una reunión de congregación / consejo para aprobar el préstamo de dinero? Consulte las pautas corporativas para preparar la congregación / acción corporativa si es necesario. Para obtener más información, vea el video del seminario virtual MNYS en el módulo a continuación.
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